En la región valenciana (incluida la Costa Blanca), a partir del 2 de agosto de 2024 se aplican reglas adicionales:
El alquiler por menos de 11 días se considera alquiler turístico y requiere una licencia.
El alquiler de 11 días hasta 11 meses se considera alquiler estacional y está exento de la normativa turística.
La licencia turística es válida por 5 años y debe renovarse a tiempo; además, se requiere el alquiler de toda la vivienda, no está permitido alquilar habitaciones por separado.
Tras obtener la licencia, el alquiler debe comenzar en 2 meses, de lo contrario la licencia caduca.
Se exigen estrictas condiciones mínimas y de seguridad (equipamiento de cocina, internet, plan de evacuación, etc.).
Multas por incumplimiento: entre €10.000 y €600.000.
No está sujeto a la normativa turística y no requiere permiso de la comunidad de propietarios según la nueva ley.
Estancias medias o largas (entre 11 días y 11 meses) tampoco se consideran turismo.
| Tipo de alquiler | Permiso de comunidad necesario? | Registro obligatorio? | Normativa aplicable |
|---|---|---|---|
| Corto plazo (<11 días) | Sí, mayoría 3/5 | Sí, NRUA desde 1 julio 2025 | Normas nacionales + locales, licencia, estándares de seguridad, sanciones por incumplimiento |
| Medio plazo (11–11 meses) | No | No | Menos regulado, no sujeto a normativa turística |
| Largo plazo (>11 meses) | No | No | Completamente fuera de esta normativa, sujeto a la ley de arrendamientos estándar |
En esencia:
El alquiler a corto plazo requiere más preparación: permiso de comunidad, registro nacional, condiciones regionales y sostenibilidad.
El alquiler a largo plazo sigue siendo más simple y sin burocracia adicional, ideal como alternativa o fuente adicional de ingresos.